El juzgado les da un plazo de diez días para ingresar voluntariamente en el centro penitenciario más cercano a sus domicilios. En caso contrario ordenará a la policía su búsqueda e ingreso en prisión.
JESÚS RODRÍGUEZ
04/29/2015
La sección primera de la sala penal de la Audiencia Nacional española ha decretado una ejecutoria de ingreso en prisión para las ocho personas condenadas por la acción de Paremos el Parlamento. El poder judicial ordena, así, que en el plazo de diez días laborables ingresen en prisión «para el cumplimiento de la pena privativa de libertad de tres años impuesta en sentencia». Además, hacen saber que «de no verificarlo en el plazo indicado, se decretará su ingreso en prisión, entregándose las oportunas órdenes de busca y captura».
La decisión judicial proviene del mismo juzgado que absolvió a los encausados hace un año, pero el Tribunal Supremo tumbó esa decisión e impuso una pena de tres años por «un delito contra las altas instituciones del estado». El pasado 21 de marzo más de 8.000 personas se manifestaron en el centro de Barcelona para reclamar su absolución y que no ingresaran en prisión. El 19 de abril fueron más de 2.000 las personas que formaron una cadena humana alrededor del parque de la Ciutadella con el mismo objetivo. La Asamblea de familiares en defensa de la libertad de las personas encausadas por los hechos del Parlamento ha reaccionado a la noticia convocando una rueda de prensa este jueves 30 de abril, a las once de la mañana, ante la puerta del Parlamento de Cataluña.